DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS
Son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas o materias que tienen asignadas y las actividades que se les encomienden, dentro del ámbito de sus competencias.
A cada Departamento pertenecen los profesores y profesoras de las especialidades que imparten las enseñanzas propias de dichas áreas o materias.
Están adscritos a un Departamento aquellos docentes que, aun perteneciendo a otro, imparten algún área o materia del primero.
COMPETENCIAS
Son funciones de cada uno de los Departamentos didácticos:
Elaborar los aspectos docentes del Plan Anual de Centro correspondientes al Departamento.
Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica relativas a la elaboración o modificación del Proyecto Curricular.
Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas o materias integradas en el Departamento, bajo la coordinación y dirección del Jefe/a del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica.
Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento a la Jefatura de Estudios.
Mantener actualizada la metodología didáctica.
Resolver en primera instancia las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que el alumnado formule al Departamento y emitir los informes pertinentes.
Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.
Proponer la oferta de materias optativas dependientes del Departamento, que serán impartidas por el profesorado del mismo, y elaborar las correspondientes programaciones didácticas.
Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer medidas de mejora que se deriven del mismo.
Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza - aprendizaje en las áreas o materias integrados en el Departamento.
Distribuir los recursos económicos asignados por el Consejo Escolar para la realización de actividades de su Departamento.
Cualesquiera otras funciones que le sean asignadas reglamentariamente.
COMPETENCIAS DEL JEFE DE DEPARTAMENTO
Son sus funciones (todas ellas en lo que respecta al Departamento correspondiente):
Coordinar la elaboración de los aspectos docentes del Plan Anual y de la programación didáctica de las áreas o materias.
Dirigir y coordinar las actividades académicas.
Convocar y presidir las reuniones y levantar acta de las mismas.
Velar por el cumplimiento de la programación didáctica y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.
Coordinar la organización de espacios e instalaciones, proponer la adquisición del material y equipamiento especifico asignado y velar por su mantenimiento.
Promover la evaluación de la práctica docente y de los distintos proyectos y actividades del mismo.
Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Instituto, promuevan sus órganos de gobierno o la Administración Educativa.
Representar al Departamento en la Comisión de Coordinación Pedagógica.
Velar por el grado de adecuación de las enseñanzas de las áreas o materias al Proyecto Curricular y, en su caso, ordenar las modificaciones oportunas.
Colaborar con el Secretario/a en la realización del inventario de los recursos materiales.
Elaborar y entregar al Secretario o Secretaria el proyecto de presupuesto correspondiente, consensuado previamente entre todos miembros del mismo, y teniendo en cuenta los porcentajes y criterios generales que, para su adjudicación, establezca cada año académico el Consejo Escolar y la Comisión de Coordinación Pedagógica.
Cualesquiera otras funciones que le sean asignadas reglamentariamente.
orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y en colaboración con el departamento
de orientación del instituto.
actividades del instituto.
profesionales.
establezca la jefatura de estudios.
el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el equipo directivo en
los problemas que se planteen.
les concierna, en relación con las actividades docentes y complementarias y con el
rendimiento académico.
asumirá también, respecto al módulo de formación en centros de trabajo, las siguientes
funciones:
formación y orientación laboral y con el responsable designado a estos efectos por el centro
de trabajo.
los restantes módulos del ciclo formativo y, sobre todo, el informe elaborado por el
responsable designado por el centro de trabajo sobre las actividades realizadas por los
alumnos en dicho centro.
seguimiento del programa formativo, a fin de contribuir a que dicho programa se ajuste a la
cualificación que se pretende.